Indicamos a continuación un breve resumen de las medidas tributarias y laborales anunciadas recientemente por el Poder Ejecutivo Nacional:

Empleados en Relación de Dependencia – Retención Ganancias: 

Se beneficia con un incremento del 20% en el importe de las deducciones personales (mínimo no imponible y deducción especial).

Los montos que se hayan retenido en exceso hasta el 16 de agosto, serán reintegrados en dos cuotas en septiembre y octubre.

El nuevo importe de salario bruto a partir del cual habrá que pagar Ganancias es el siguiente:

  • trabajador soltero: $55.376;
  • casado con dos hijos: $70.274.

Aportes de Seguridad Social:

Los empleados no pagarán sus aportes jubilatorios (del 11%), por los meses de agosto y septiembre, con un tope para el beneficio de $2.000 mensuales o el 100% del aporte realizado, lo que resulte menor. La medida alcanza a los trabajadores que perciben salarios brutos mensuales menores de $60.000. Para los que trabajan a tiempo parcial el importe del beneficio tendrá que proporcionarse.

 Autónomos:

Se beneficiarán con una reducción del 50% del importe que tienen que ingresar por los anticipos del Impuesto a las Ganancias correspondiente a los meses de octubre y diciembre de 2019.

Monotributistas:

Se bonifica el componente del impuesto integrado a pagar en el mes de septiembre. La condición es que se haya cumplido con el pago del impuesto que venció durante todo este año.

Plan de Pagos – AFIP – Pymes:

La AFIP ampliará los planes de facilidades de pago vigentes. Por un lado, se lanzará un nuevo plan transitorio amplio a 10 años para las micro, pequeñas y medianas empresas, los autónomos y los monotributistas.

En este plan se podrán incluir las deudas vencidas al 15 de agosto y habrá tiempo de adhesión hasta el 31 de octubre de este año.

La primera cuota del plan vencerá en diciembre; el pago a cuenta será del 1% de la deuda y su importe mínimo de $1000; la tasa de financiación no podrá superar el 2,5%.

Los planes vigentes se podrán refinanciar con este nuevo plan más amplio que se aprueba.

Además, se ampliará de 6 a 10 la cantidad de planes permanentes que podrán mantener abiertos las Pymes. Se suspende hasta fin de año la aplicación del SCORING o SIPER, que determina las condiciones de los planes y quiénes pueden acceder a los mismos.

Se suspenderán los embargos por 90 días para las Pymes.

Desde Fussion Consultora nos encontramos a tu entera disposición para brindarte todo nuestro apoyo en la planificación y gestión de las presentes novedades.