Tal como adelantamos en el mes de Enero, AFIP estableció que en función de la categoría de riesgo fiscal que tenga el contribuyente (SIPER), se podrá acceder a mayores facilidades en planes de pago para cancelar los saldos de las declaraciones juradas de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales.
Categoría “A”: 25% del saldo al momento de suscribir el plan, y el 75% restante podrán abonarlo en 3 cuotas.
Categoría “B”: abonarán el 35% y el saldo restante en dos cuotas
Categorías “C” y “D”: 50% y el resto en un solo pago.
Desde Fussion Consultora nos encontramos a tu entera disposición para brindarte todo nuestro apoyo en la planificación y gestión de las presentes disposiciones.
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