El Decreto 406/2026 introduce exenciones clave en el Impuesto a las Ganancias sobre alquileres y ventas de inmuebles para personas humanas. Comprenda cómo esta normativa impacta su planificación fiscal y optimice la carga tributaria.

Exención en Impuesto a las Ganancias: Novedades Clave

El Decreto 406/2026 reglamenta aspectos cruciales de la Ley de Impuesto a las Ganancias, introduciendo exenciones significativas para personas humanas y sucesiones indivisas en relación con los alquileres y la venta de inmuebles. Estas modificaciones buscan brindar certeza y garantizar la aplicación efectiva de las dispensas fiscales.

¿Qué Cambia con el Decreto 406/2026?

  • Alquileres de Casa Habitación: Se establece la exención de las ganancias derivadas del alquiler de inmuebles destinados a casa habitación. Esta medida aplica a los alquileres devengados a partir del 1° de enero de 2026, sin importar la fecha de celebración del contrato.
  • Venta y Transferencia de Inmuebles: Se incorpora una dispensa para el resultado de la enajenación de inmuebles y la transferencia de derechos sobre inmuebles, alcanzados por el artículo 99 de la ley del tributo, siempre que estas operaciones se realicen a partir del 1° de enero de 2026.

Alcance de la Exención: Definición de «Casa Habitación»

A los fines de esta normativa, se entiende por «casa-habitación» al inmueble con destino a vivienda única, familiar y de ocupación permanente. La reglamentación aclara:

  • Para el valor locativo o arrendamiento presunto: la calificación se refiere a la vivienda del contribuyente.
  • Para la locación o sublocación: la calificación se refiere a la vivienda del locatario o sublocatario.

Esta exención abarca todas las unidades que una persona humana o sucesión indivisa, en su rol de locador o sublocador, afecte a dicho destino, siempre que el inmueble revista exclusivamente el carácter de casa-habitación para el respectivo locatario o sublocatario. Incluso el valor locativo o arrendamiento presunto de inmuebles cedidos gratuitamente o a precio no determinado queda comprendido si el cesionario afecta el inmueble a casa-habitación.

Implicancias Estratégicas y Fiscales para Propietarios y empresas

Esta normativa, con aplicación a nivel nacional, es de particular interés para propietarios e inversores, incluyendo aquellos en mercados dinámicos como la provincia de Córdoba. Los dueños de PyMEs que posean inmuebles bajo estas condiciones o que consideren operaciones de compraventa inmobiliaria deben revisar su estrategia fiscal. La correcta aplicación de estas exenciones puede significar una optimización en la carga tributaria personal y empresarial.

¿Cómo impacta esta normativa en tu estructura?

¿Tenés dudas sobre cómo impacta esta normativa en tu empresa o en tu situación fiscal personal? En Fussion Consultora te acompañamos en su correcta implementación y en la planificación estratégica para minimizar riesgos y optimizar tu carga tributaria.

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