A partir del 01/08/2017 la Administración Federal de Ingresos Públicos pondrá en línea un nuevo plan de facilidades de pago especial.

Características destacadas:

  • Se podrán incluir deudas vencidas entre el 1/6/2016 y el 31/5/2017.
  • Hasta 12 o 24 cuotas, según el tipo de deuda, permitiendo refinanciar planes permanentes -dispuestos por la RG (AFIP) 3827- cuando comprendan obligaciones vencidas entre el 1/6/2016 y el 31/5/2017.

Pago a cuenta:

Se establece un pago a cuenta de $ 1.000, que no podrá ser inferior al 5% de la deuda para contribuyentes que revistan categoría A, B o C en el SIPER, o al 10% para los sujetos que revistan categoría D o E.

Interés de financiación:

El interés de financiación será el equivalente a la tasa del Banco de la Nación Argentina para plazo fijo a 180 días más:

– 2 o 4 puntos de interés para PYMES o el resto de los contribuyentes, respectivamente, si el acogimiento se realiza durante los primeros 60 días de vigencia del plan; o

– 6 u 8 puntos de interés para PYMES o el resto de los contribuyentes, respectivamente, si el acogimiento se realiza durante los últimos 30 días de vigencia del plan.

 

Desde Fussion Consultora nos encontramos a tu entera disposición para brindarte todo nuestro apoyo en la planificación y gestión de las presentes disposiciones.