El 1 de diciembre de 2025, entra en vigencia un nuevo régimen para la emisión de facturas, regido por la Resolución General (ARCA) 5762. Esta normativa busca unificar y modernizar el sistema, eliminando la factura clase «M» y redefiniendo las condiciones para emitir facturas clase «A».

 

¿Qué cambia? La eliminación de la factura «M»
La principal novedad es la desaparición de la factura clase «M». A partir de ahora, los contribuyentes que no cumplan con ciertos requisitos fiscales y patrimoniales ya no emitirán este tipo de comprobante. En su lugar, se establecen dos tipos de facturas con leyendas especiales:

  • Factura «A» con leyenda «OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN»: Este comprobante se emite cuando el contribuyente no cumple con los requisitos de solvencia patrimonial o presenta inconsistencias fiscales. El cliente que recibe esta factura debe actuar como agente de retención, aplicando un 100% de retención sobre el IVA y un 6% sobre el Impuesto a las Ganancias.

 

  • Factura «A» con leyenda «PAGO EN CBU INFORMADA»: Esta opción está disponible para los contribuyentes que, a pesar de tener un buen comportamiento fiscal, no acreditan la solvencia patrimonial requerida. Con esta factura, el cliente debe pagar el monto total mediante transferencia o depósito bancario a la CBU declarada por el emisor.

 

Los talonarios de facturas «M» impresos antes de esta resolución seguirán siendo válidos hasta su fecha de vencimiento. Las nuevas facturas «A» con la leyenda de retención continuarán la correlatividad numérica de las facturas «M» anteriores, a menos que se habilite un nuevo punto de venta.

Requisitos para la emisión de Facturas «A»
Para poder emitir facturas clase «A» sin leyendas, los contribuyentes deben cumplir con tres requisitos principales:

  • No tener inconsistencias fiscales;
  • Acreditar solvencia patrimonial. Esto se puede hacer a través de la presentación de las declaraciones juradas del Impuesto sobre los Bienes Personales o mediante la titularidad de bienes inmuebles y/o automotores.
  • No haber solicitado una o más bajas del IVA en los últimos 12 meses si al momento de la baja se encontraban habilitados para emitir comprobantes de la clase «M» o «A» con leyenda.

En caso de no cumplir con alguno de estos puntos, el contribuyente será habilitado para emitir facturas con leyenda.

Evaluación del Comportamiento Fiscal
El nuevo régimen establece un sistema de evaluación cuatrimestral del comportamiento fiscal. Esta evaluación se realiza en los meses de febrero, junio y octubre de cada año.

Simulación preventiva: Días antes de la evaluación definitiva, ARCA realizará una simulación y notificará al contribuyente las inconsistencias detectadas. Esto le da la oportunidad de regularizar su situación.

Resultado y cambio de categoría: El resultado de la evaluación definitiva puede llevar a que un contribuyente pase a emitir facturas con retención si su comportamiento fiscal no es el adecuado.

Este sistema de monitoreo busca incentivar el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias y mantener un control más estricto sobre la emisión de comprobantes.

Implicancias y sanciones
Es crucial que los adquirentes y prestadores entiendan su rol. Si un cliente omite practicar las retenciones correspondientes a una factura «A» con leyenda de retención, será considerado personal y solidariamente responsable por el tributo no retenido o no ingresado. Además, podría ser sujeto de sanciones y multas. En casos de incumplimiento reiterado, el organismo fiscal incluso podría inhabilitarlo para emitir comprobantes clase «A» sin retención y exigirle la emisión de comprobantes con la leyenda.

En Fussion Consultora somos un equipo de expertos dispuestos y comprometidos para brindarte todo nuestro apoyo en la planificación y gestión de las presentes novedades.