Una nueva resolución permite a las empresas con Convenio Multilateral en Santa Fe y CABA compensar sus saldos a favor de Ingresos Brutos. Descubrí cómo aprovechar este mecanismo para optimizar tu carga tributaria a partir de 2026. Evitá saldos inmovilizados y gestioná tus impuestos de forma más eficiente.
¿Qué cambia hoy para tu empresa con Convenio Multilateral?
La Administración Provincial de Impuestos (API) de Santa Fe y la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) de CABA han implementado un nuevo Procedimiento de Imputación Recíproca Interjurisdiccional (PIRI). A partir del 1 de enero de 2026, las empresas inscriptas en el régimen de Convenio Multilateral que operen en ambas jurisdicciones podrán compensar saldos a favor de Ingresos Brutos, utilizando un crédito generado en una provincia para cancelar obligaciones en la otra.
Esta medida, reglamentada por la Resolución (API) 22/2025, busca facilitar la gestión tributaria y mejorar la liquidez de los contribuyentes al permitir la aplicación de saldos que, de otro modo, quedarían inmovilizados. Es fundamental comprender sus requisitos y condiciones para aprovechar este beneficio.
Puntos clave para la PyME sobre la imputación de saldos
Para acceder al PIRI y compensar tus saldos a favor de Ingresos Brutos, tu empresa debe cumplir con una serie de requisitos estrictos y comprender cómo se determina el Saldo a Favor Autorizado (SFA):
- Inscripción Dual: Tu empresa debe estar inscripta en Ingresos Brutos bajo Convenio Multilateral tanto en Santa Fe como en CABA.
- Situación Fiscal Impecable: No podés registrar apremios fiscales, procesos de fiscalización, discusiones administrativas o judiciales en curso, ni estar en concurso, quiebra o disolución.
- Origen del Saldo: El saldo a favor debe provenir de sistemas de recaudación anticipada.
- No Rectificativas: No haber presentado declaraciones juradas rectificativas que disminuyan base imponible o alícuotas.
- Adhesión a planes: No adherido a planes de facilidades de pago o a regímenes de regularización de activos recientes (Ley 14386).
- Desistimiento: Si tenés recursos de repetición o pedidos de devolución en curso, deberás desistir expresamente de ellos.
- Credenciales Digitales: Contar con CUIT y Clave Fiscal Nivel 3 (ARCA), y el servicio «API-Santa Fe-Gestión de Devoluciones/Compensaciones» habilitado.
La determinación del monto que podrás compensar (SFA) varía según tu calificación de riesgo fiscal y el monto de tu saldo exteriorizado:
- Contribuyentes «Sin Riesgo Fiscal»:
- Hasta $2.000.000 de saldo: se reconoce el 100%.
- Más de $2.000.000: se reconoce el 70% del excedente.
- En ambos casos, el límite máximo por solicitud es de $10.000.000 por sujeto pasivo.
- Contribuyentes con «Riesgo Fiscal 1, 2 y 3»:
- Cualquier monto de saldo: se reconoce el 50%.
- El límite máximo también es de $10.000.000 por sujeto pasivo.
Es importante saber que la solicitud se realiza a través de una plataforma digital y, al presentarla, se renuncia expresamente a los intereses devengados sobre el capital del saldo a favor. Una vez aprobado, la aceptación del SFA implica un allanamiento incondicional, caducando el derecho a interponer acciones administrativas o judiciales posteriores sobre esos importes. Las autoridades fiscales se reservan el derecho de verificar y fiscalizar los períodos fiscales que originaron el crédito, pudiendo impugnar montos si se detectan inconsistencias a futuro.
¿Cómo te afecta como empresa la compensación de Ingresos Brutos?
Este nuevo mecanismo representa una oportunidad para las PyMEs que operan bajo Convenio Multilateral en Santa Fe y CABA, pero exige una gestión rigurosa:
- Mejora de la liquidez: Podrás utilizar tus saldos a favor para saldar deudas futuras en la otra jurisdicción, evitando que esos fondos queden inmovilizados. Esto tiene un impacto directo en el asesoramiento impositivo para PyMEs y la planificación de caja.
- Simplificación Administrativa: Aunque el proceso tiene requisitos estrictos, una vez operativo, simplifica la administración de saldos interjurisdiccionales, permitiendo una visión más unificada de la posición fiscal.
- Riesgos y renuncia de derechos: La renuncia a intereses y a futuras acciones legales en caso de aceptación del SFA debe ser evaluada cuidadosamente. Es crucial tener una situación fiscal impecable para calificar y evitar rechazos.
- Exigencia de Cumplimiento: El Fisco premia el buen comportamiento fiscal con mayores porcentajes de reconocimiento, lo que subraya la importancia de mantener un historial tributario sin observaciones.
¿Qué conviene revisar en tu empresa?
La aplicación de esta norma puede variar según la actividad, la jurisdicción y la situación fiscal de cada empresa. Un análisis previo permite anticipar ajustes y evitar contingencias.
¿Tenés dudas sobre cómo impacta esto en tu empresa? En Fussion Consultora no solo analizamos la norma, te ayudamos a implementarla. Contactanos hoy para blindar tu negocio y optimizar tu carga tributaria.