La exención automática de Ingresos Brutos para industrias en Córdoba ya no existe. A partir de 2026, tu PyME necesita cumplir nuevos requisitos de inversión y facturación para acceder al beneficio. Preparate para asegurar la promoción fiscal de tu actividad industrial.

¿Qué Cambia Hoy para tu Industria en Córdoba?

La Ley Provincial 11089 introduce un cambio fundamental en el régimen de promoción industrial de Córdoba. Históricamente, la exención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para la actividad industrial era automática. Sin embargo, a partir de las anualidades 2026 y/o 2027, este beneficio deja de ser de pleno derecho y pasa a ser un régimen promocional condicionado y por solicitud. Esto significa que, para acceder o mantener la exención, su PyME deberá cumplir con requisitos específicos, principalmente vinculados al nivel de ingresos y a la realización de inversiones productivas.

Puntos Clave para la PyME Industrial en 2026

  • Beneficiarios: Podrán acceder a esta exención las personas humanas o jurídicas que estén radicadas o se radiquen en la Provincia de Córdoba y realicen actividad industrial según las codificaciones del Nomenclador de Actividades Económicas.
  • Requisitos para 2026: Para gozar del beneficio en la anualidad 2026, su empresa deberá cumplir conjuntamente dos condiciones:
    • Los ingresos brutos atribuibles al ejercicio fiscal 2025 (considerando todas las actividades y jurisdicciones) no deben superar los $3.200.000.000.
    • Realizar inversiones en activos fijos directamente relacionados con la actividad industrial en establecimientos de Córdoba durante 2026, por un monto igual o superior al 1,20% de la base imponible de Ingresos Brutos de sus actividades industriales en Córdoba para el ejercicio 2025.

    Tenga en cuenta que el Poder Ejecutivo Provincial está facultado para modificar estos parámetros. Los requisitos para 2027 se definirán en la ley impositiva de ese año.

  • Exención Provisoria y Definitiva: El beneficio inicia de forma provisoria desde el mes en que su empresa manifieste su incorporación al programa. Se transformará en definitiva una vez que se realice la inversión requerida y se acredite ante la Autoridad de Aplicación.
  • Nuevas Actividades (Post 01/01/2026): Si su empresa inicia actividades industriales después del 1 de enero de 2026, la exención aplicará desde el primer día del cuarto mes de operaciones, siempre que el importe anualizado de sus ingresos brutos acumulados hasta el mes anterior no supere los $3.200.000.000.
  • ¿Qué se considera «Activo Fijo»? Son bienes tangibles amortizables destinados al proceso productivo industrial. A continuación, ejemplos de lo que sí y lo que no se incluye:
    • Activos fijos elegibles: Maquinaria, equipos productivos, instalaciones especiales, bienes de tecnología industrial, líneas de producción completas, bienes inmuebles afectados directamente al proceso productivo.
    • Activos fijos no elegibles: Automóviles, rodados no productivos, bienes de uso administrativo, activos intangibles, inversiones financieras, bienes usados no reacondicionados por empresas locales habilitadas.

    La Secretaría de Industria podrá emitir listados orientativos y establecer montos mínimos de inversión.

  • Autoridades de Aplicación: La Secretaría de Industria y la Dirección General de Rentas son las encargadas de dictar las normas reglamentarias y complementarias para la aplicación de este régimen.

¿Cómo te Afecta esto como Empresa Industrial?

Este cambio implica que la exención de Ingresos Brutos en Córdoba ya no es un derecho automático para su actividad industrial, sino una gestión activa. Deberá planificar cuidadosamente sus inversiones en activos fijos y monitorear sus niveles de ingresos para asegurar el cumplimiento de los requisitos. El incumplimiento de estas obligaciones puede resultar en la exigencia del tributo eximido provisoriamente, con sus intereses y accesorios. Es crucial entender estos nuevos términos para evitar costos inesperados y optimizar su carga tributaria.

Si su empresa cumple los requisitos o proyecta realizarlos, la adhesión al programa es un paso fundamental. Asegúrese de comprender los plazos y la forma de acreditar sus inversiones para consolidar este importante beneficio fiscal.

¿Tenés dudas sobre cómo impacta esto en tu empresa? En Fussion Consultora no solo analizamos la norma, te ayudamos a implementarla. Contactanos hoy para blindar tu negocio y optimizar tu carga tributaria.