La Resolución General (ARCA) 5894, con vigencia a partir del 1 de septiembre de 2026, introduce modificaciones en el Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA). Los cambios impactan en los plazos de presentación de información productiva, en la documentación exigida para operaciones con granos y en las condiciones para acceder a reintegros.

¿Qué es el SISA y a quiénes afecta esta actualización?

El SISA es un régimen de información obligatorio administrado por ARCA, aplicable a productores de granos y semillas en proceso de certificación (cereales, oleaginosas y legumbres secas). Su objetivo es dotar de transparencia a la cadena productiva y comercial del sector. Las modificaciones introducidas por la RG 5894 buscan adecuar los plazos de presentación a los ciclos productivos actuales y precisar las condiciones para el acceso a reintegros.

Nuevos plazos para la información productiva (IP1 e IP2)

La normativa ajusta los períodos para el suministro de información sobre existencias y superficie agrícola por campaña. Los productores deben adaptar sus calendarios internos para cumplir en término:

  • Información Productiva 1 (IP1): Se presenta del 1 de septiembre al 31 de octubre de cada año. Incluye:
    • Existencias al 31 de agosto de los productos detallados en el Anexo IP1-Existencias.
    • Superficie agrícola destinada a cultivos del Anexo IP1-Superficie I.
    • Superficie agrícola de cultivos del Anexo IP2-Superficie II, cuando su ciclo productivo sea extemporáneo al habitual.
  • Información Productiva 2 (IP2): Se presenta del 1 de diciembre de cada año hasta el último día de febrero del año siguiente. Incluye:
    • Superficie agrícola destinada a cultivos del Anexo IP2-Superficie II.
    • Superficie agrícola de cultivos del Anexo IP1-Superficie I, cuando su ciclo productivo sea extemporáneo al habitual.

El sistema emitirá una constancia de ingreso, pero rechazará automáticamente las presentaciones con errores o inconsistencias. Las presentaciones rechazadas requerirán corrección y nueva carga, lo que puede afectar el cumplimiento en plazo.

Requisitos documentales en operaciones con granos

Las operaciones primarias de compraventa de productos alcanzados por el SISA incorporan un requisito de vinculación documental:

  • Las Liquidaciones Primarias de Granos (LPG) deben estar relacionadas con la «Certificación Primaria de Depósito, Retiro y/o Transferencia de Granos» correspondiente, o con una liquidación de ajuste que contenga dicha certificación.

Esta exigencia refuerza la trazabilidad de las transacciones y demanda mayor precisión en la gestión documental de cada operación.

Condiciones para retenciones y reintegros

La normativa precisa los requisitos que deben cumplirse para que las retenciones sean consideradas válidas y para que los reintegros puedan hacerse efectivos:

  • Información de retenciones: La retención practicada por el agente debe ser informada conforme a la RG 2.233 y consignando los códigos específicos del SISA. (Nota interna: verificar vigencia actual de RG 2.233 antes de publicar.)
  • Condición sobre la declaración jurada: Para que la retención sea considerada, el saldo resultante de la declaración jurada correspondiente al mes en que se practicó la retención debe encontrarse cancelado.
  • Acceso a reintegros: Los montos se acreditarán en la CBU del productor (caja de ahorros o cuenta corriente) únicamente si el solicitante no registra deudas líquidas y exigibles por conceptos impositivos, previsionales y/o aduaneros a la fecha de efectivización. La existencia de deudas pendientes impide el acceso al reintegro.

Estas condiciones tienen incidencia directa en el flujo de caja. La situación fiscal y previsional del productor pasa a ser un factor determinante para acceder a reintegros que, en muchos casos, representan un ingreso relevante en la operatoria habitual.

¿Qué aspectos deben revisar los productores?

Ante estas modificaciones, los productores de granos y semillas deben considerar:

  • Revisar y ajustar los procesos internos de carga de información para cumplir con los nuevos plazos de IP1 e IP2 y evitar rechazos automáticos del sistema.
  • Verificar que la documentación de las operaciones primarias con granos incluya la vinculación exigida entre LPG y certificaciones.
  • Mantener al día las obligaciones fiscales, previsionales y aduaneras, dado que la cancelación de declaraciones juradas y la ausencia de deudas son condiciones necesarias para la validez de retenciones y el acceso a reintegros.
  • Consultar el micrositio «Actividades Agropecuarias» de ARCA para verificar los productos y cultivos comprendidos en cada anexo.

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