La AFIP explicó diferentes opciones a los empleadores que no adicionaron el SAC en los meses ya transcurridos.
La Administración Federal de Ingresos Públicos dio diversas alternativas para calcular la retención correspondiente al período fiscal 2017 del impuesto a las Ganancias para los empleados en relación de dependencia y jubilados.
Los agentes de retención que no adicionaron el Sueldo Anual Complementario (SAC) en concepto de ganancia bruta de cada uno de los meses transcurridos del período fiscal 2017 hasta el 08 de junio del corriente, excepcionalmente podrán optar por alguna de las siguientes alternativas:
Adicionar proporcionalmente las 12° partes en concepto de SAC de los mencionados meses, en el cálculo de la determinación del importe a retener de los meses que resten hasta la finalización del período fiscal 2017.
El mismo procedimiento se aplicará para las deducciones a computar por dicho concepto.
Adicionar las mencionadas 12° partes en la primera liquidación que se efectúe con posterioridad al 08 de junio de 2017 y calcular la retención, según indica el Artículo 7°.
En el mes en que se pague la primera cuota del SAC se podrá efectuar la determinación de la retención en función del importe realmente abonado por el citado concepto y, en los meses posteriores, continuar con el procedimiento de adicionar la doceava parte por dicho concepto a la ganancia bruta de tales meses, así como el monto o porcentaje deducido de la doceava parte, según indica el Apartado C del Anexo II.
Desde Fussion Consultora nos encontramos a tu entera disposición para brindarte todo nuestro apoyo en la planificación y gestión de las presentes disposiciones.
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