Mediante Resolución 327/2020 del Ministerio de Desarrollo productivo, se crea el “Programa Soluciona. Reactivación de la Economía del Conocimiento”, que tendrá como objetivo brindar asistencia financiera a personas jurídicas que desarrollen y/o implementen soluciones, productos y/o servicios innovadores generados por los sectores de la economía del conocimiento, orientadas a brindar soluciones que atiendan a las problemáticas sanitarias, económicas y productivas generadas a partir de la pandemia.

El monto máximo a financiar por Proyecto a través de ANR no podrá superar la suma de PESOS QUINCE MILLONES ($ 15.000.000)

 

  1. OBJETIVO DEL PROGRAMA

En particular se pretende desarrollar, implementar y/o adoptar soluciones tecnológicas e innovadoras orientadas a:

A) Facilitar a las personas jurídicas cuyas actividades corresponden al sector de la economía del conocimiento (Software y servicios informáticos y digitales, Producción y postproducción audiovisual, Biotecnología, Nanotecnología, Industria Aeroespacial y satelital, Ingeniería e Industria 4.0, entre otras) con posibilidad de desarrollar e implementar soluciones tecnológicas e innovadoras orientadas a reactivar la economía y adaptación de la matriz productiva al nuevo contexto mundial.

 

B) Apoyar a los sectores más afectados por la pandemia (turismo, gastronomía, automotriz, textil, transporte y logística, entre otros) que presenten proyectos para incorporar nuevas tecnologías y/o actividades de la economía del conocimiento que permitan la incorporación de soluciones, productos y/o servicios mejorados o nuevos que favorezcan la reactivación económica. Se podrán incluir soluciones innovadoras para escalar o modificar las modalidades de producción, optimizar la productividad y/o competitividad, mejorar y aumentar la comercialización, mejorar sus procesos logísticos y/o mejorar sus estándares de calidad, homologar y/o certificar productos y/o servicios.

 

  1. BENEFICIARIOS

Los beneficiarios directos del Programa son personas jurídicas que integran las siguientes categorías:

  • Sector de la economía del conocimiento (Software y servicios informáticos y digitales, Producción y postproducción audiovisual, Biotecnología, Nanotecnología, Industria Aeroespacial y satelital, Ingeniería e Industria 4.0, entre otras) con posibilidad de desarrollar e implementar soluciones tecnológicas e innovadoras.

 

  • Sectores tradicionales que presenten proyectos para incorporar nuevas tecnologías y / o actividades de la economía del conocimiento que permitan el desarrollo de soluciones, productos y/o servicios mejorados o nuevos que favorezcan la reactivación económica.

 

  1. PROYECTOS

Los proyectos que tengan como fin lo expresado en el punto 1.A deberán encuadrarse dentro de los siguientes ejes:

  • Desarrollo o implementación a escala piloto y prototipo de soluciones tecnológicas e innovadoras que propicien la actividad industrial y reactivación económica post pandemia COVID-19.

 

Los proyectos que tengan como fin lo expresado en el punto 1.B deberán encuadrarse dentro de los siguientes ejes:

  • Modificación de sus procesos productivos a través de planificaciones que impliquen esfuerzos relevantes de desarrollo tecnológico e ingeniería, que favorezcan la competitividad.
  • Implementación de nuevos procesos o modalidades de producción (ya sea a través de la adopción de nuevas tecnologías o fabricación de nuevos productos) que complementariamente podrían requerir nuevas habilitaciones de planta (asociado al nuevo proceso) y registro de producto (asociado al nuevo producto).
  • Incorporación de tecnologías innovadoras que permitan mejorar la comercialización y/o optimizar los modelos de negocios de forma de adecuarlos a las nuevas realidades generadas por la pandemia COVID-19.

Cada solicitante podrá presentar un único proyecto en el marco del presente Programa.

  1. BENEFICIOS DEL PROGRAMA

Los postulantes podrán aplicar al siguiente beneficio:

Aportes No Reembolsables (ANR). Los ANR serán otorgados por la Autoridad de Aplicación a las empresas que presenten proyectos en el marco del “PROGRAMA SOLUCIONA. REACTIVACIÓN DE LA ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO” y que resulten aprobados siempre que exista disponibilidad presupuestaria. De aprobarse la solicitud de desembolso, se abonarán mediante transferencia de fondos a la cuenta de su titularidad que se encuentre registrada como beneficiaria para pagos por Cuenta Única del Tesoro. El monto máximo a financiar por Proyecto a través de ANR no podrá superar la suma de PESOS QUINCE MILLONES ($ 15.000.000) y podrá ser abonado en tramos y a condición del cumplimiento de hitos identificados en el Proyecto aprobado según lo determine el acto administrativo de aprobación.

A los efectos de percibir el/los pago/s a través del Sistema de Cuenta Única del Tesoro, el solicitante deberá poseer cuenta bancaria declarada en alguna de las entidades bancarias adheridas a dicho Sistema.

A su vez, las solicitudes de aprobación de desembolsos deberán ser presentadas hasta el 30 de noviembre de 2020.

 

En Fussion Consultora somos un equipo de expertos dispuestos y comprometidos para brindarte todo nuestro apoyo en la planificación y gestión de las presentes novedades.