A partir del 01/08/2017 la Administración Federal de Ingresos Públicos pondrá en línea un nuevo plan de facilidades de pago especial.
Características destacadas:
- Se podrán incluir deudas vencidas entre el 1/6/2016 y el 31/5/2017.
- Hasta 12 o 24 cuotas, según el tipo de deuda, permitiendo refinanciar planes permanentes -dispuestos por la RG (AFIP) 3827- cuando comprendan obligaciones vencidas entre el 1/6/2016 y el 31/5/2017.
Pago a cuenta:
Se establece un pago a cuenta de $ 1.000, que no podrá ser inferior al 5% de la deuda para contribuyentes que revistan categoría A, B o C en el SIPER, o al 10% para los sujetos que revistan categoría D o E.
Interés de financiación:
El interés de financiación será el equivalente a la tasa del Banco de la Nación Argentina para plazo fijo a 180 días más:
– 2 o 4 puntos de interés para PYMES o el resto de los contribuyentes, respectivamente, si el acogimiento se realiza durante los primeros 60 días de vigencia del plan; o
– 6 u 8 puntos de interés para PYMES o el resto de los contribuyentes, respectivamente, si el acogimiento se realiza durante los últimos 30 días de vigencia del plan.
Desde Fussion Consultora nos encontramos a tu entera disposición para brindarte todo nuestro apoyo en la planificación y gestión de las presentes disposiciones.
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